Procuraduría formuló cargos a capitán de la Policía por muerte de Dilan Cruz
El oficial habría desconocido la reglamentación dispuesta para el uso de armas no letales.
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el capitán de la Policía, Manuel Cubillos Rodríguez, investigado disciplinariamente por su presunta responsabilidad en la muerte del joven Dilan Cruz, quien resultó herido durante las manifestaciones ocurridas el 23 de noviembre de 2019, y posteriormente falleció en el Hospital Universitario San Ignacio, de Bogotá.
El Ministerio Público precisó que aparentemente el capitán Cubillos accionó su arma de dotación (escopeta calibre 12 mm) con lo que desconoció lo dispuesto en la reglamentación establecida para la utilización de armas no letales, “el oficial investigado, no tuvo el cuidado necesario al accionar la escopeta que portaba, toda vez que independientemente que dicho elemento esté enlistado dentro de las armas menos letales, siempre causará afectación a la integridad de las personas”.
El órgano de control resaltó que en atención a que se trata de un oficial entrenado en el manejo y control de multitudes; y en el empleo de elementos, dispositivos, municiones y armas no letales, la conducta del capitán Cubillos Rodríguez fue calificada provisionalmente como falta grave a título de culpa grave.
“De los elementos de prueba que reposan en el plenario se puede deducir que el oficial investigado posiblemente transgredió normas que regulan el régimen disciplinario para la Policía Nacional, en concordancia con el Código Penal, y como consecuencia de ello, su actuación -conducta- puede constituir falta disciplinaria que compromete su responsabilidad en el ejercicio del cargo y de sus funciones, conforme se desprende del análisis de las pruebas”, refiere el documento.
Una vez notificada la decisión a las partes, se remitirá el proceso a las Procuradurías Delegadas para el Juzgamiento (reparto), quienes se encargarán de la etapa de juicio disciplinario en contra del oficial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2094 de 2021.
*Con información de Procuraduría General de la Nación